La Cámara había resuelto que para que se hiciera efectivo el levantamiento de la orden cautelar debían cumplirse determinados requisitos. El juez federal, Santiago Martín, sostuvo que algunos de ellos estaban cumplidos mientras que otros no. Por lo tanto, y hasta que todo lo solicitado sea cumplido, la medida cautelar se sostiene. La exploración sísmica continúa detenida.

Este nuevo fallo es un aliciente, pero la suerte de nuestras costas y nuestros bienes comunes no pueden descansar en las distintas resoluciones judiciales.

Dejamos a continuación un extracto de la sentencia en cuestión que resume en pocas líneas cuáles son los intereses en juego y lo absurdo de que uno de los principales interesados económicos sea al mismo tiempo la autoridad de contralor:

“…casos como el presente, donde se debate la constitucionalidad y legalidad de proyectos industriales impulsados desde el mismo Estado Nacional … y en el que participa una empresa (YPF S.A.) con participación accionaria mayoritaria del Estado Nacional. Simultáneamente, es el Estado Nacional quien debe controlar a través de sus oficinas competentes, el efectivo cumplimiento de los estándares ambientales que en esta causa se están cuestionando. Es decir, el Estado Nacional es quien impulsa el proyecto energético, es uno de sus beneficiarios económicos, y también quien tiene la obligación de controlar y auditar el cumplimiento de los estándares ambientales antes y después de su aprobación…”

El zorro cuidando el gallinero.

El fallo completo

✍️Red de Abogadas y Abogados por la Soberanía Alimentaria.